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Foto | Nombre y competencias |
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Alcaldesa
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Concejalía Delegada de Urbanismo |
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Concejalía Delegada de Hacienda |
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Concejalía Delegada de Infraestructuras Urbanas y Rurales |
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Concejalía Delegada de Cultura, Juventud y Museos |
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Concejalía Delegada de Tráfico, Movilidad y Transporte Público |
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Concejalía Delegada de Seguridad Ciudadana y Emergencias |
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Concejalía Delegada de Relaciones Institucionales |
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Concejalía Delegada de Economía, Empleo, Turismo e Innovación |
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Concejalía Delegada de Deportes y Educación |
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Concejalía Delegada de Medio Ambiente y Sostenibilidad |
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Concejalía Delegada de Servicios Sociales, Vivienda y Cooperación. |
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Concejalía Delegada de Atención a la Ciudadanía y Distritos |
Las competencias y responsabilidades de las Concejalías Delegadas se rigen conforme a las directrices de la Alcaldía y a los acuerdos adoptados por la Junta de Gobierno Local. Los Tenientes de Alcalde son nombrados libremente por la Alcaldesa entre los Concejales de la Junta de Gobierno y la sustituyen en casos de ausencia, enfermedad o impedimento que la imposibilite para el ejercicio de sus atribuciones.
La Junta de Gobierno Local es el Órgano que, bajo la presidencia de La Alcaldesa, colabora de forma colegiada en la función de dirección política que a esta corresponde, y ejerce las funciones ejecutivas y administrativas que le confiere la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en su Título X, añadido por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local.
Régimen de sesiones: las reuniones ordinarias de la Junta de Gobierno Local se celebran todos los martes a las 09:30 horas, excepción hecha de los periodos vacacionales de Semana Santa, verano y Navidad, como es tradicional en este Ayuntamiento.
Actualmente está integrada por La Alcaldesa, y 9 miembros más de la Corporación Municipal (Resolución de Alcaldía de 22 de noviembre de 2024).
- Concejal Secretario Titular de la Junta de Gobierno Local: Jesús Martínez Salvador
- Concejala Secretaria Primera Suplente: María Mitre Aranda
- Concejal Secretario Segundo Suplente: Gilberto Villoria Palacios
El Pleno es el órgano de máxima representación política de la ciudadanía en el Gobierno Municipal. Está formado por la Alcaldía y la Corporación Municipal. Su órgano de dirección es la Presidencia, que en el desarrollo de sus funciones contará con la asistencia de la Secretaría General del Pleno y de la Junta de Portavoces. Durante el mandato 2023-2027 el Pleno del Ayuntamiento se compone de siete fuerzas políticas representadas por 27 concejales.
Junta de Portavoces
Bajo la Presidencia del Pleno, está integrada por los Portavoces de los Grupos Municipales, y asistirá la Secretaría del Pleno. Tiene como función debatir el orden del día de las sesiones ordinarias del Pleno y cualquier otra cuestión relacionada con el funcionamiento de las sesiones del Pleno.
Cualquier persona interesada puede conocer los asuntos que se deciden y debaten el Municipio de Gijón/Xixón. Puedes acceder a la retransmisión en directo, o diferido, de los Plenos, así como a los órdenes del día, acuerdos y actas que alberga nuestro archivo digital. Las Sesiones Plenarias se celebrarán el segundo miércoles de cada mes.
La transparencia, el acceso a la información pública y a las normas de buen gobierno deben ser los ejes fundamentales de toda acción política. Por ello, el Ayuntamiento de Gijón/Xixón ha habilitado una sencilla herramienta de consulta en la que se presentan todas las proposiciones realizadas en los Plenos de los últimos años. Un paso más en la transparencia municipal.
Están formadas por los miembros designados por los grupos políticos en proporción al número de concejales que tienen en el Pleno. Las funciones de las Comisiones del Pleno son el estudio, informe o consulta de los asuntos que hayan de ser sometidos a la decisión del Pleno y el seguimiento de la gestión de la Alcaldesa y de su equipo de gobierno.
Reglamento Orgánico de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico
El Ayuntamiento de Gijón, con el fin de distinguir a las personas o entidades que se hayan destacado por sus especiales merecimientos, hayan originado señalados beneficios o prestado servicios extraordinarios al municipio de Gijón, podrá acordar la concesión de los honores de Medalla de la Villa e Hijos Predilectos y Adoptivos.
Información sobre la organización municipal y su corporación a nivel de concejalías y partidos políticos.