La Teleasistencia ye un serviciu públicu que tien l’envís de meyorar la calidá de vida de les ciudadanes y ciudadanos, permitiendo la permanencia na so vivienda a persones vulnerables (yá seya por enfermedá, discapacidá, edá avanzada, soledá o inseguridá), que nun precisen de cuidaos permanentes, garantizando un enllaz de comunicación continuu col domiciliu de les persones qu’empleguen el serviciu, pa l’atención inmediata en casu d’emerxencia.
Se trata de un servicio complementario a la Ayuda a Domicilio, y aunque existen personas que sólo tienen Teleasistencia y no Servicio de Ayuda a Domicilio de atención personal, lo más común es que ambas prestaciones se den juntas, sobre todo entre las personas mayores que viven solas. La base del servicio consiste en un entorno informático con un terminal que se encuentra en el domicilio de la persona usuaria del servicio. La persona lleva un dispositivo sobre sí que, al pulsarlo, desencadena una señal de alarma identificable en la central de escucha. Inmediatamente, se produce el contacto telefónico (sin manos) para detectar la causa de la llamada y ser atendida por personal especializado que van a dar respuesta adecuada a la situación de riesgo o crisis que se presente, a la mayor brevedad posible, movilizando cuantos medios sean necesarios.
- Estar empadronado/a en Gijón.
- Disponer de línea telefónica en el domicilio y estar capacitado/a para el manejo del equipo.
- No padecer trastornos mentales graves, incluidas las demencias seniles.
- Tener 80 o más años de edad.
- Vivir solo/a, o acompañado/a de otra persona en situación de dependencia y que esta situación sea causa de riesgo.
A través del Centro de Servicios Sociales más cercano a su vivienda habitual. La valoración de la solicitud será realizada por el o la Trabajador/a Social que le corresponda por lugar de residencia.
- Solicitud.
- Fotocopia del DNI
- Certificado de empadronamiento y convivencia. Se incorpora de oficio.
- Informes médicos referidos al beneficiario/a.
- Copia de certificado de minusvalía si se dispone del mismo.
- Modelo normalizado de solicitud
Ordenanza Municipal nº3
El coste del servicio se determinará en función de la capacidad económica mediante la aplicación del baremo establecido en la Ordenanza Municipal nº3 del Ayuntamiento de Gijón.