Convocatoria de ayudas para gastos realizados en el consumo de energía en la vivienda habitual realizado durante 2023 dirigido a personas empadronas en el municipio Gijón.
Ampliación del plazo para la presentación de solicitudes durante 10 días naturales hasta el 29/07/2024 (incluido).
Puede solicitar la ayuda a través de:
1.- Aplicación para teléfono móvil "Ayudas y Subvenciones Gijón" del Ayuntamiento de Gijón/Xixón que puedes descargar en Play Store y en App Store.
2.- Sede Electrónica
3.- Centros Municipales Integrados (preferentemente con cita previa)
También podrás presentar la solicitud por los demás medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Publicación listado provisional en Sede Electrónica: 27/09/2024.
Se concede un plazo de 10 días hábiles a contar desde la publicación del anuncio en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Gijón para la subsanación de la documentación y/o presentación de alegaciones, con indicación de que en caso de no subsanar la falta o acompañar los documentos preceptivos, se tendrá a las personas por desistidas de su petición.
Plazo subsanación: 30/09/24 a 11/10/24.
Publicación listado definitivo en Sede Electrónica: 19/11/2024.
De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas el plazo para interponer el recurso de alzada (regulado en los artículos 121 y 122 de la citada Ley) es de un mes.
¿PARA QUÉ ES LA AYUDA?
Para pagar las facturas de la luz, el gas y otros combustibles que hayan consumido del 1 de enero de 2023 al 31 diciembre de 2023 a las personas empadronadas en Gijón.
La cantidad máxima a pagar son 420,00€ al año a cada vivienda que se abonará en un solo pago. El importe de la ayuda será calculado conforme al consumo no pudiendo ser la cuantía concedida superior al importe del gasto justificado para el año 2023.
Si has recibido una ayuda de emergencia de la Fundación Municipal de Servicios Sociales para el pago de deudas de energía (luz y gas) correspondientes al periodo de consumo que abarca la convocatoria (enero a diciembre de 2023), se descontará del importe de esta ayuda.
¿QUIEN PUEDE PEDIR LA AYUDA?
La persona de la unidad de convivencia que paga los gastos de energía de la vivienda. Una unidad de convivencia es el grupo de personas que están empadronadas en la vivienda en la que se gasta la energía.
¿QUÉ REQUISITOS TENGO QUE CUMPLIR PARA QUE ME DEN LA AYUDA?
Los requisitos son:
Que todas las personas de la unidad de convivencia estén empadronadas en Gijón.
Que la persona que la solicita lleve empadronada en Gijón con una antigüedad mínima de un año, anterior a la fecha de solicitud salvo que se encuentre en una de las siguientes circunstancias, que se deberán de acreditar:
- Ser víctima de violencia de género, de trata de seres humanos y de explotación sexual
- Ser emigrantes retornados a Asturias
- Ser refugiado o apátrida
Que la persona solicitante pague los gastos de energía. Para que puedas cobrar la ayuda, debes:
- Ser la persona titular de un contrato con la empresa de luz, gas u otros combustibles y pagar los recibos.
- O tener un justificante que demuestra que pagas los recibos, aunque la persona titular sea otra. Por ejemplo, si vives de alquiler y el contrato de la luz está a nombre del dueño o dueña de la casa. Para que el justificante de pago sea válido debe identificar claramente a la persona que realiza el pago (el solicitante de la ayuda) y a la persona que lo recibe (titular del contrato de energía de la vivienda para la que se solicita la ayuda), así como la fecha y cuantía del abono, debiendo coincidir las cuantías abonadas con las indicadas en las facturas de la compañía, que también deben aportarse.
Que en el año 2022 la unidad de convivencia, que se considera en la presente convocatoria, haya tenido unos ingresos mensuales inferiores a:
- Entre 1 y 2 miembros = 1.260, 00 Euros (1,80 veces IPREM 2024)
- Entre 3 y 4 miembros = 1.400, 00 Euros (2 veces IPREM 2024)
- Entre 5 o más miembros = 1.575, 00 Euros (2,25 veces IPREM 2024)