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Es el conjunto de servicios y prestaciones económicas destinados a la promoción y autonomía personal, la atención y protección a las personas en situación de dependencia, a través de servicios públicos y privados concertados debidamente acreditados, y contribuye a la mejora de la vida de las ciudadanos y los ciudadanos.
La Administración competente en materia tanto legislativa como de aplicación, tramitación y gestión de la Ley de Dependencia es la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar del Gobierno del Principado de Asturias.
Obtener el reconocimiento de la situación de dependencia otorga a la ciudadanía el derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, contemplándose prestaciones económicas y servicios, teniendo estos últimos carácter prioritario.
Presencialmente:
- Oficinas de servicio de atención al ciudadano
- Oficinas de asistencia en materia de registro de las consejerías del Principado de Asturias
- En cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, siempre que sean plenamente interoperables:
- Registro electrónico de la administración u organismo al que se dirija,
- Oficinas de correos en la forma que reglamentariamente se establezcan,
- Oficina de asistencia en materia de registro, representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
Presentación telemática:
En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página. (asturias.es)
La Ayuda a Domicilio (SAD) es una prestación básica del Sistema Público de Servicio Sociales que proporciona una serie de atenciones o cuidados de carácter personal, doméstico, psico-social, educativo y técnico, que se prestan en el domicilio a familias y personal con dificultades para procurar su bienestar físico, social y psicológico, proporcionándoles la posibilidad de continuar en su medio habitual de vida.
Servicio público que tiene como finalidad mejorar la calidad de vida de las ciudadanas y ciudadanos garantizando un enlace de comunicación continuo con el domicilio de las personas que utilizan el servicio, para la atención inmediata en caso de emergencia. Garantiza un enlace de comunicación, a través de la línea telefónica y con un equipamiento específico, para la atención inmediata en caso de emergencia o necesidad las 24 horas del día, 365 días al año.
Servicio público complementario con otras prestaciones vinculadas al fomento de la autonomía y de la permanencia de los ciudadanos/as en su medio habitual de vida. Constituye una ayuda inmediata a aquellas personas que presentan limitaciones en su autonomía relacionadas con la imposibilidad de preparar comidas, realizar compra y que presenten una situación económica que dificulte una buena alimentación.