ABONADO (A) |
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TIPO DE ABONO |
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ABONADO ORDINARIO ANUAL |
ABONADO SOCIAL ANUAL |
ABONADO ORDINARIO MENSUAL |
Cuota abono |
40,00 € |
20,00 € |
10,00 € |
Intervalo de uso |
Tarifa por uso |
Tarifa por uso |
Tarifa por uso |
0 a 30’ |
0,10 € |
0,00 € |
0,10 € |
31 - 60’ |
0,50 € |
0,25 € |
0,50 € |
61’- 90’ |
1,20 € |
0,60 € |
1,20 € |
91’- 120’ |
1,50 € |
1,50 € |
1,50 € |
>120’ (cada fracción de 30´ de este intervalo) |
2,00 € |
2,00 € |
2,00 € |
USO OCASIONAL (O) |
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CONCEPTO |
TARIFA |
Desbloqueo |
1,00 € |
Intervalo de uso |
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0 a 30’ |
0,50 € |
31’ – 60’ |
0,90 € |
61’ – 90’ |
1,20 € |
91’ – 120’ |
1,50 € |
>120’ (cada fracción de 30’ de este intervalo) |
2,00 € |
En otro orden de asuntos, se ha aprobado el convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Gijón/Xixón y el Consorcio de Transportes de Asturias para la prestación de transporte público colectivo regular de viajeros de carácter interurbano durante el presente año, y autorizar y disponer un gasto máximo de 258.475’03 euros. La finalidad de este convenio es regular los servicios que permiten ofertar un servicio de transporte a la zona rural con rutas complementarias a las que presta EMTUSA con su servicio urbano de transporte.
Asimismo, se ha iniciado el expediente para la concesión administrativa de la edificación y explotación de edificio hostelero en el Parque del Lauredal, por el plazo de veinte años y un canon anual, al alza, de 6.000 euros, mediante procedimiento abierto. Cuenta con una superficie de de 190 m² para la edificación y 170 m2 para la instalación de terraza.
La edificación destinada a hostelería podrá tener una superficie construida máxima de 190m2 en una sola planta. El concesionario tendrá que ejecutar las obras e instalaciones que sea necesario realizar, así como equipar el local para su puesta en funcionamiento. Asumirá igualmente las obras de mantenimiento y conservación durante el plazo en que esté vigente la concesión.
La licencia de obras y la licencia de actividad deberá ser solicitada dos meses desde la formalización de la concesión en documento administrativo y las obras y puesta en marcha de la explotación deberá hacerse en un plazo de 5 meses desde la fecha de concesión de la licencia.
La edificación podrá ser prefabricada, accesible desde la fachada suroeste a la cota de la terraza, con aseos adaptados. Al tratarse de una zona verde, los materiales a emplear en el exterior del edificio serán acordes con el entorno, empleando colores que no sean vivos y materiales pétreos que no imiten mampostería, maderas o morteros en colores no estridentes. Las mesas y demás elementos de la terraza se dispondrán de acuerdo a la ordenanza municipal de terrazas y de acuerdo a la correspondiente autorización municipal. Al tratarse de una zona verde, serán de aplicación las condiciones aplicables a las Zonas de Interés estético (ZIE) a las que hacen referencia los artículos 26, 28 y 32 de la citada ordenanza.

La Junta de Gobierno, celebrada esta mañana en el Salón de Plenos, ha dado luz verde al proyecto que fija el precio público para el uso del nuevo servicio de bicicletas eléctricas y la ordenanza municipal reguladora de dicho precio, que se elevará para su aprobación por el Pleno previo dictamen de la Comisión de Hacienda. Se proponen cuatro tipos de tarifa por uso: las correspondientes a un abono ordinario anual, un abono social anual, un abono ordinario mensual y pago por uso ocasional. Las personas abonadas pagarán una cuota anual o mensual que les dará derecho a una tarifa por uso de carácter reducido, 0’10 euros la primera media hora, frente a los ocasionales, que deben abonar una cuantía de 1 euro por el desbloqueo de la bicicleta y una tarifa de 0’50 euros la primera media hora. Los abonados sociales dispondrán de uso gratuito para trayectos inferiores a media hora, con una cuota anual de 20 euros.