La modificación de las ayudas de emergencia contempla, por ejemplo, la concesión de una ayuda de pago único para una deuda de alquiler de seis meses y, en caso de desahucios podrán ser de hasta ocho meses (hasta el momento el máximo eran tres meses) o un importe total de 3.600 euros. Asimismo, las ayudas para gastos ordinarios y extraordinarios, sí podrán ser compatibles con otros ingresos como el Salario Social o el Ingreso Mínimo Vital, siempre y cuando no se supere el límite máximo. Por último, los ingresos máximos que se toman como referencia para la concesión de estas ayudas será el Ingreso Mínimo Vital, que es ligeramente superior al Salario Social, para que no queden fuera de estas ayudas las personas que han pasado del Salario Social al IMV.
Por otra parte, también se ha aprobado la reformulación de la Red de Inclusión Activa de Gijónr para, entre otras cuestiones, afianzar la estrategia preventiva del sinhogarismo en la ciudad, así como un enfoque estratégico en el tratamiento del mismo.
![Fachada principal del edificio de la Fundación Municipal de Servicios Sociales.](/sites/default/files/styles/imagen_4_3/public/2021-04/SERVICIOS%20SOCIALESB.jpg?itok=gtI7r3II)
La junta rectora de la Fundación Municipal de Servicios Sociales ha aprobado la modificación de las ayudas de emergencia para adaptarlas al Protocolo Antidesahucios elaborado junto a la Empresa Municipal de Vivienda (EMVISA) y el servicio de atención a personas afectadas por desahucios (SAID), dependiente del Colegio Oficial de Trabajo Social de Asturias.
El objetivo de este Protocolo es establecer una mediación entre propiedad y arrendatario/a para llegar a acuerdos que permitan el mantenimiento de la vivienda y la subsanación de la deuda a través de la tramitación de ayudas públicas de la Fundación de Servicios Sociales y EMVISA, destinadas a sufragar el alquiler de la vivienda, siempre y cuando se cumplan los requisitos necesarios para ser beneficiario/a de esta ayuda.