Subvenciones al Emprendimiento e Innovación 2024. Línea I. Aceleración de Proyectos (Primer plazo)

Enviado por acabeza el Lun, 20/05/2024 - 13:35

La presente convocatoria tiene por objeto regular las condiciones que regirán en la concesión de subvenciones en el régimen de concurrencia competitiva dirigida a incentivar el diseño, la validación y la puesta en marcha de proyectos innovadores, proporcionando apoyo tanto en el proceso de formación de ideas e hipótesis, como en el de construcción de un prototipo o versión inicial centrado en sus funcionalidades básicas, todo ello mediante metodologías innovadoras y dirigido a su puesta en marcha en el mercado, como elemento dinamizador de la economía local.

Colectivo
Ciudadanía
Empresas
Fecha de Inicio de Solicitud
Fecha de fin de solicitud
Descripción del plazo de solicitud
20 días naturales a contar desde el siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOPA.
Fecha BOPA
La convocatoria Subvenciones al Emprendimiento e Innovación 2024 fue publicada en el BOPA el día 29 de mayo de 2024.
Fecha Aprobación Junta Gobierno
La convocatoria Subvenciones al Emprendimiento e Innovación 2024 fue aprobada por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Gijón/Xixón el 21 de mayo de 2024.
Requisitos

Para las personas físicas:

- Ser mayor de edad.

- Estar empadronadas en Gijón.

- No haber ejercido una actividad económica por cuenta propia en el último año natural desde la fecha de solicitud.

Para los trabajadores Autónomos/as (Empresarios/as individuales):

- Ser mayor de edad.

- Tener domicilio fiscal y centro de trabajo en el municipio de Gijón.

- Haberse dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos a lo largo del año 2024, sin haber estado de alta en el mismo régimen al menos en el último año natural desde la fecha de solicitud. Para los proyectos iniciados entre el 21 de septiembre y el 31 de diciembre de 2023 tienen que haberse dado de alta dentro del período comprendido entre dichas fechas sin haber estado de alta en el mismo régimen al menos en el último año natural antes de dicho período.

- No podrán ser beneficiarios/as de esta ayuda los trabajadores autónomos económicamente dependientes.

Para las empresas:

- Tener domicilio social, domicilio fiscal y centro de trabajo en el municipio de Gijón.

- La fecha de primera Alta censal ha de haber tenido lugar en el año 2024 o para los proyectos iniciados entre el 21 de septiembre y el 31 de diciembre de 2023, la fecha de primera Alta censal ha de haber tenido lugar en dicho período.

Para todos los beneficiarios de la ayuda es requisito mínimo obligatorio:

1. Haber realizado Plan de Empresa supervisado por un Técnico de Gijón Impulsa con un  mínimo de 12 horas de tutorización.

2. Haber realizado Curso de Formación para emprender: Formación Intermedia (30 horas) o Formación equivalente o aportar Declaración Responsable donde figure el compromiso de realizar dicho curso de formación dentro del año natural de la convocatoria de la ayuda.

De la misma forma, se primará el formar parte del Programa de Aceleración de Gijón Impulsa.

Destinatarios

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones Personas Físicas, los Autónomos/as (Empresarios/as individuales) y Empresas.

Tramitación

La solicitud y la documentación complementaria se presentarán a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Gijón.

Anexos (Actas, Modelos, Documentos, Resoluciones, ...)
Tipo de Anexo
Acuerdo JGL (PDF)
Texto

Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Gijón/Xixón de 21 de mayo de 2024 por el que se aprueba la convocatoria de Subvenciones al Emprendimiento e Innovación 2024

Fecha
Cinta Telefónica
Etiquetas
Tasas o Cuantías

Los proyectos deberán de alcanzar una puntuación mínima de 60 puntos para acceder a la subvención, en base a los criterios que se establecen.

1. La puntuación obtenida por el proyecto determinará el importe máximo de la ayuda:

a) Solicitudes presentadas por personas físicas cuyo proyecto se desarrolle tanto en la fase de diseño como en la de validación:

- Tramo 1 (de 60 a 80 puntos): para estos proyectos la ayuda será de 4.000 euros.

- Tramo 2 (de 81 a 100 puntos): para estos proyectos la ayuda será de 6.000 euros.

b) Solicitudes presentadas por Autónomos (Empresarios/as individuales) y Empresas cuyo proyecto se desarrolle únicamente en la fase de validación:

- Tramo 1 (de 60 a 80 puntos): Para estos proyectos la ayuda será de 2.000 euros.

- Tramo 2 (de 81 a 100 puntos): Para estos proyectos la ayuda será de 3.000 euros.

Importante

La duración de los proyectos estará comprendida entre 3 y 6 meses, en función de la participación en una o ambas fases en que se estructura la ayuda. No obstante, es posible la solicitud de una ampliación del plazo de ejecución por un período máximo de tres meses.

A lo largo de la ejecución del proyecto se deberá dar forma a las ideas o hipótesis, construir un prototipo o versión inicial centrada en sus funcionalidades básicas para la puesta en marcha en el mercado, mediante metodologías innovadoras.

El resultado final del proyecto deberá concretarse en el desarrollo de un prototipo, piloto o versión de prueba de un nuevo producto/servicio  que permita recolectar la máxima cantidad de información del mercado validado sobre clientes al menor coste.

Se podrán presentar proyectos cuyo contenido sea, entre otras, actividades destinadas a:

- Creación de un nuevo producto, servicio y/o un proceso innovador que represente una solución distinta, novedosa, con valor añadido.

- Integración de tecnologías o nuevas aplicaciones de tecnologías existentes.

- Diseño y construcción de pretotipos, prototipos, pilotos y/o versiones de prueba.

Los proyectos se estructurarán en las siguientes fases:

1) Fase de diseño del PMV:

- La finalidad de esta primera fase será la de dar forma a las ideas e hipótesis, construir un prototipo o versión de prueba centrado en sus funcionalidades básicas, mediante metodologías LEAN.

- En esta fase únicamente podrán participar personas físicas, que presenten un proyecto en fase de desarrollo aún no iniciado.

- La presentación de un proyecto por parte de una persona física implica la participación en las dos fases del proyecto, de manera consecutiva en la misma convocatoria.

- Su duración será de tres meses.

2) Fase de validación y análisis de la viabilidad del PMV:

- Como continuación de la fase anterior, en esta fase se procederá al análisis de la viabilidad y validación de las hipótesis. Se procederá a la medición (demostración a los potenciales clientes y medición de sus reacciones) y aprendizaje (análisis de los datos recabados, y si es necesario pivotar en algún aspecto (características básicas del producto, segmento de mercado objetivo, tecnología empleada, etc...).

- Esta fase, en el caso de las personas físicas que hayan participado en la fase de diseño, será desarrollada a continuación de manera automática, sin que sea necesaria la presentación de una nueva solicitud.

- En todo caso, para participar en esta fase, será requisito imprescindible:

    - Darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.

    - Darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos dentro del mes siguiente al de la finalización de la fase de diseño.

-  En el caso de Autónomos/as (empresarios/as individuales) y empresas podrán solicitar directamente su participación en esta fase, siempre y cuando se hayan dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en el año 2024 o la primera fecha de alta censal se haya producido en el año 2024, respectivamente. Para los proyectos iniciados entre el 21 de septiembre y el 31 de diciembre de 2023 tienen que haberse dado de alta dentro del período comprendido entre dichas fechas sin haber estado de alta en el mismo régimen al menos en el último año natural antes de dicho período.

- En ambos casos la duración de esta fase será de 3 meses.

En ambas fases, y como apoyo para su consecución, Gijón Impulsa designará entre la bolsa de mentores el/la más adecuado para la tutorización y apoyo en cada proyecto. Siendo una o varias personas o entidades, las que asumirán la responsabilidad de la tutorización y seguimiento del mismo, a fin de verificar el cumplimiento de las actuaciones previstas, informando positiva o negativamente de la conveniencia de continuar con el desarrollo correspondiente. 

 

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