La Junta de Gobierno Local, en sesión de 2 de julio de 2024, acuerda la aprobación de la Convocatoria de subvenciones dirigidas al sector del taxi de la ciudad de Gijón/Xixón, 2024.
Esta convocatoria se dirige a quienes ostenten la titularidad de la licencia de auto taxi expedida por el Ayuntamiento de Gijon/Xixón en el momento de la presentación de la solicitud, se encuentren desempeñando su servicio con carácter habitual y permanente y cuenten con un vehículo adaptado a personas con movilidad reducida, homologado de acuerdo con los requisitos técnicos municipales y conforme a las especificaciones vigentes y obligatorias.
El objeto de la convocatoria es compensar los mayores gastos de mantenimiento de los vehículos adaptados para su uso por personas con movilidad reducida, debido al mayor coste de mantenimiento que caracteriza a este tipo de vehículos en comparación con los taxis convencionales. El crédito consignado en el presupuesto a estos efectos es de 51.000 euros.
El plazo de presentación de solicitudes comienza el 25 de julio de 2024 y finaliza el 30 de septiembre de 2024.
A los efectos de esta convocatoria se entienden como gastos de mantenimiento los que tengan su origen en:
- El mayor precio del seguro del vehículo
- El mayor coste del mantenimiento y reparación del vehículo
- El mayor consumo de combustible.
Las subvenciones se conceden en régimen de concurrencia, siendo la cuantía de las mismas variable, que se determinará en función del importe a que ascienden los mayores gastos de mantenimiento conforme al siguiente reparto:
- Hasta un 25% del coste del seguro del vehículo
- Hasta un 20% de los gastos de combustible
- Gastos generales de mantenimiento y reparaciones (aceite, filtros, correa de distribución, pastillas de frenos, neumáticos, etc.), hasta un máximo de 500 euros.
En todo caso, la cuantía individual de la subvención no podrá superar los 3.000 euros.
Las solicitudes, y demás documentos exigidos, podrán presentarse a través del registro electrónico del Ayuntamiento de Gijón/Xixón (sede electrónica) o en los registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas, o por cualesquiera de los medios regulados en el artículo 16.4 de la referida Ley, o de forma presencial en los registros de entrada de las oficinas municipales de atención a la ciudadanía.
El plazo de presentación comienza el 25 de julio y finaliza el 30 de septiembre.