Ya está abierta la convocatoria de solicitud de subvenciones del Patronato Deportivo Municipal de Gijón, que este año destinará 335.000 euros a fomentar la práctica del deporte en el municipio.
La convocatoria, que tiene por objeto subvencionar a personas físicas o jurídicas para desarrollar, actividades y programas de interés general, beneficiarán desde los clubes de fútbol base hasta el deporte femenino e inclusivo, sin olvidar las ayudas específicas a jóvenes deportistas que sirvan como referente dentro del concejo.
Líneas de subvenciones, plazos y dotaciones.
_Línea 1, Proyectos deportivos de competición oficial.
Dotación: 100.000 €
Fechas de solicitud: del 20 de mayo al 8 de junio.
_Línea 2, Eventos deportivos.
Dotación: 30.000 €
Fechas de solicitud: del 20 de mayo al 8 de junio.
_Línea 3, Salidas colectivas de montaña y actividades en la naturaleza.
Dotación: 10.000 €
Fechas de solicitud: del 20 de mayo al 8 de junio.
_Línea 4, Fomento de la actividad física entre la población femenina.
Dotación: 10.000 €
Fechas de solicitud: del 20 de mayo al 8 de junio.
_Línea 5, Fomento del fútbol base.
Dotación: 130.000 €
Fechas de solicitud: del 20 de mayo al 8 de junio.
_Línea 6, Organización o participación en fases sector y/o fases finales de Campeonatos de España de Clubes.
Dotación: 30.000 €
Fechas de solicitud: del 1 al 31 de julio.
_Línea 7, Ayudas a jóvenes deportistas (de 17 a 24 años).
Dotación: 15.000 €
Fechas de solicitud de solicitud: del 1 al 31 de octubre.
_Línea 8, Desarrollo de programas y acciones de deporte inclusivo.
Dotación: 10.000 €
Fechas de solicitud: del 1 al 30 de septiembre.
Solicitudes y requisitos.
Para acceder a estas ayudas deberá formalizarse la correspondiente solicitud, acompañada de la documentación complementaria. Se deberá presentar electrónicamente a través del Registro Electrónico del Ayuntamiento (gijon.es/registro electrónico).
Pueden concurrir a esta convocatoria de subvenciones todas las personas físicas o jurídicas que reúnan los requisitos detallados, en cada caso, en el anexo específico correspondiente, dependiendo de cada modalidad de subvención, y no se hallen afecta- das por ninguna de las causas de prohibición previstas.
Para ser beneficiarias de las subvenciones, las personas o entidades deberán cumplir además de lo anteriormente detallado, y lo establecido en el artículo 9 de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.
En el caso de asociaciones y fundaciones deberán estar legalmente constituidas e inscritas como tales.