Subvenciones al Emprendimiento e Innovación 2024. Línea II. Innovación Abierta (Primer plazo)

Enviado por acabeza el Mar, 21/05/2024 - 09:50

Esta línea de subvenciones tiene por objeto el impulso de la innovación abierta a través de la financiación de proyectos de carácter individual para aportar soluciones a través del planteamiento de retos que sean de especial interés para la modernización del tejido empresarial y supongan un efecto dinamizador en la actividad económica del municipio y en la consolidación del ecosistema local de innovación, creando ecosistemas para generar relaciones que contribuyan a la resolución de problemas de ciudad, con especial atención a la participación de empresarios/as individuales y pequeñas empresas.

La innovación abierta es aquel proceso que surge de la necesidad de mirar hacia afuera para atraer talento y tecnologías incipientes con el objetivo de abordar desafíos internos en las empresas y generar nuevas ideas y soluciones innovadoras, promoviendo la creatividad y el intercambio de conocimiento, y permitiendo mejorar, aumentar y fortalecer el ecosistema emprendedor.

Colectivo
Ciudadanía
Asociaciones/Fundaciones
Empresas
Fecha de Inicio de Solicitud
Fecha de fin de solicitud
Descripción del plazo de solicitud
El plazo de solicitud será de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOPA
Fecha BOPA
La Convocatoria Subvenciones al Emprendimiento e Innovación 2024 se publicó en el BOPA el día 29 de mayo de 2024.
Fecha Aprobación Junta Gobierno
La Convocatoria Subvenciones al Emprendimiento e Innovación 2024 fue aprobada por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Gijón el 21 de mayo de 2024.
Requisitos

1. Los proyectos tienen carácter individual, siendo desarrollados por autónomos individuales, micropymes y pequeñas empresas.

2. No obstante, es imprescindible la participación de una empresa tractora para probar los resultados obtenidos y demostrar el impacto del proyecto en la productividad y rentabilidad, de tal modo que puedan provocar un efecto de arrastre entre el tejido empresarial local.

Se entiende que existe participación de una empresa tractora cuando esta interviene en el ciclo de aprendizaje continuo propio de la metodología de producto mínimo viable, aportando información de valor para la medición y pivotaje, en caso de ser necesario, del producto a desarrollar. En este sentido, la empresa tractora deberá contribuir al proyecto aportando información de valor añadido acerca de la utilidad del producto.

Destinatarios

- Esta línea fomenta el desarrollo de proyectos individuales de carácter innovador.

- Podrán ser beneficiarios de esta línea Autónomos individuales, micropymes y pequeñas empresas exclusivamente con sede social, domicilio fiscal y centro de trabajo en el municipio de Gijón.

- Si bien únicamente podrán ser beneficiarios Autónomos individuales, micropymes y pequeñas empresas, los proyectos deberán contar necesariamente con la participación de al menos una empresa tractora, habiendo de entender por tales aquellas medianas y grandes empresas consolidadas que, por su posicionamiento en su actividad, actúen como cabezas tractoras para el desarrollo de servicios o actividades tecnológicas de valor añadido y resulten de interés para el arrastre de la actividad innovadora.

- Cada solicitante únicamente podrá ser beneficiario/a de ayuda una única vez por plazo de solicitud.

Tramitación

La solicitud y la documentación complementaria se presentarán a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Gijón/Xixón

Anexos (Actas, Modelos, Documentos, Resoluciones, ...)
Tipo de Anexo
Acuerdo JGL (PDF)
Texto

Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Gijón/Xixón de 21 de mayo de 2024 por el que se aprueba la convocatoria de Subvenciones al Emprendimiento e Innovación 2024

Fecha
Cinta Telefónica
Etiquetas
Tasas o Cuantías

Los proyectos deberán alcanzar una puntuación mínima de 60 puntos para acceder a la subvención, en base a los criterios que se establecen.

La puntuación obtenida por el proyecto determinará la intensidad de la ayuda:

- De 60 a 79 puntos. La intensidad de la ayuda será del 75% del presupuesto elegible.

- De 80 a 100 puntos. La intensidad de la ayuda será del 80% del presupuesto elegible.

En el caso de proyectos presentados por autónomos y micropymes, la intensidad de la ayuda se incrementará un 5%.

Los beneficiarios/as deberán aportar a través de otras fuentes de financiación la cuantía restante.

La ayuda máxima concedida por proyecto será de 34.000 euros. En todo caso, los gastos elegibles presentados no podrán ser superiores a 40.000 euros.

Importante

Contenido de los proyectos

1. Los proyectos deberán ser realizados por la empresa beneficiaria en su establecimiento localizado en el municipio de Gijón, y sus resultados deberán permanecer o tener impacto tangible en el municipio.

2. Los proyectos presentados deberán dar respuesta a retos planteados por empresas tractoras y asimilados que buscan la innovación abierta y disruptiva mediante soluciones basadas en tecnologías habilitadoras emergentes para avanzar hacia nuevos modelos de negocio (según definiciones contenidas en la cláusula tercera de la convocatoria).

Se financiarán proyectos en temáticas como Internet de las Cosas, Infraestructuras digitales y Redes 5G, Computación difusa y en la nube, Tecnologías de procesamiento masivo de datos e información, Computación de alto rendimiento (HPC), Procesamiento del lenguaje natural, Ciberseguridad, biometría e identidad digital y ciberseguridad industrial, Bases de datos distribuidas (blockchain/DLT), Robótica, Inteligencia artificial, Realidad virtual, Realidad aumentada, Micro/nano electrónica, entre otros.

Se priorizarán aquellos proyectos que se identifiquen con alguno de los siguientes ámbitos de especialización territorial: Vida Saludable y Economía Plateada, Gijón Azul y Gijón Creativo.

3. Los proyectos deberán ser viables técnica, económica y financieramente, siendo coherentes con el perfil de actividad, trayectoria y capacidad de la empresa, así como con los objetivos cualitativos y cuantitativos que planteen y la rentabilidad que se espera que generen. Se deberá justificar el cumplimiento de tales requisitos mediante la documentación que se exija y la complementaria, que, en su caso, pudiera ser solicitada con posterioridad.

4. Ha de tratarse de proyectos con un claro interés en impulsar la innovación y la transferencia de los resultados, partiendo de desarrollos tecnológicos más cercanos al mercado. Han de estar encaminados a impulsar la identificación de soluciones y el desarrollo de proyectos demostradores en la ciudad de Gijón para acelerar la llegada al mercado de tecnologías ya desarrolladas, debiendo los proyectos situarse en un nivel de madurez TRL 6 o superior, lo que supone la validación de sistema o subsistema en un entorno relevante. En este sentido, no podrán admitirse proyectos de I+D+i que empiecen a desarrollarse a expensas de la concesión de la ayuda.

5. No se considerarán subvencionables los proyectos cuyo objetivo esté orientado al cumplimiento de requisitos legales, o la mera renovación de equipos o certificados, o cualquier otro de naturaleza análoga que no suponga ningún tipo de innovación.

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