La presente convocatoria tiene por objeto regular las condiciones que regirán en la concesión de subvenciones en el régimen de concurrencia competitiva, dirigida a incentivar el diseño, la validación y la puesta en marcha de proyectos innovadores, proporcionando apoyo tanto en el proceso de formación de ideas e hipótesis, como en el de construcción de un prototipo o versión inicial centrado en sus funcionalidades básicas, todo ello mediante metodologías innovadoras y dirigido a su puesta en marcha en el mercado, como elemento dinamizador de la economía local.
Esta subvención está dirigida a incentivar el diseño, la validación y la puesta en marcha de proyectos innovadores, proporcionando apoyo tanto en el proceso de formación de ideas e hipótesis, como en el de construcción de un prototipo o versión inicial centrado en sus funcionalidades básicas, todo ello mediante metodologías innovadoras y dirigido a su puesta en marcha en el mercado, como elemento dinamizador de la economía local.
Las personas físicas sin actividad económica previa, que, a la fecha de presentación de la solicitud, cumplan los siguientes requisitos:
- Ser mayor de edad.
- Estar empadronadas en Gijón.
- No haber ejercido actividad económica por cuenta propia en el mismo epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas (I.A.E.) correspondiente al proyecto presentado en el año inmediatamente anterior a la fecha de presentación de la solicitud, con independencia de que hubieran podido ejercer otras actividades económicas distintas, así como no haber desarrollado ninguna actividad económica por cuenta propia en los últimos tres meses previos a dicha fecha.
Las personas físicas dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (R.E.T.A.), que, a la fecha de presentación de la solicitud, cumplan los siguientes requisitos:
- Ser mayor de edad.
- Tener domicilio fiscal y centro de trabajo en el municipio de Gijón.
- Haberse dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos con posterioridad a la fecha de cierre de la convocatoria anterior (20 de septiembre de 2025).
- No haber ejercido actividad económica en el mismo epígrafe del IAE correspondiente al proyecto presentado durante, al menos, el año inmediatamente anterior a la fecha de alta en el R.E.T.A.
En estos supuestos, el cómputo del plazo de un año se realizará hacia atrás desde la fecha del alta censal y/o en el R.E.T.A. correspondiente a la actividad objeto del proyecto, y no desde la fecha de presentación de la solicitud.
Estas personas únicamente podrán solicitar su participación en la Fase A. Diseño del PMV, implicando su participación la continuidad automática a la Fase B.
Las empresas (personas jurídicas) que, a la fecha de presentación de la solicitud, cumplan los siguientes requisitos:
- Tener domicilio social, domicilio fiscal y centro de trabajo en el municipio de Gijón.
- Haberse constituido con posterioridad a la fecha de cierre de la convocatoria anterior (20 de septiembre de 2025).
- Que al menos el 50% de sus socios promotores y/o socios trabajadores no hayan desarrollado actividad económica en el mismo epígrafe del IAE correspondiente al proyecto presentado durante, al menos, el año inmediatamente anterior a la fecha de constitución de la empresa.
- Que la actividad para la que se solicita la ayuda no constituya la continuación, reproducción o evolución ordinaria de una actividad económica preexistente desarrollada por las personas promotoras.
- Haber generado empleo nuevo con posterioridad a la constitución de la empresa, ya sea mediante contratación laboral o mediante la incorporación de socios trabajadores o autónomos societarios.
Las empresas únicamente podrán solicitar su participación en la Fase B. Validación y análisis de la viabilidad del PMV.
Para todos los beneficiarios/as será requisito obligatorio:
1. Haber realizado o comprometerse a realizar un Plan de Empresa supervisado por un técnico de Gijón Impulsa, con un mínimo de 12 horas de tutorización, que deberán estar realizadas con anterioridad a la propuesta de concesión de la subvención.
2. Haber completado el Curso de Formación para Emprender en su modalidad de Formación Intermedia (30 horas) o una formación equivalente (por ejemplo, Programa de Aceleración de Gijón Impulsa), o bien presentar una declaración responsable comprometiéndose a realizar dicha formación antes de la fecha límite de justificación del proyecto.
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las Personas Físicas sin actividad económica previa, las Personas Físicas dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (R.E.T.A.), y las empresas.
La solicitud y la documentación complementaria se presentarán a través de la Sede electrónica de la página web del Ayuntamiento de Gijón.
Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 24 de marzo de 2026 por el que se aprueba la Convocatoria de Subvenciones al Emprendimiento, Innovación y Crecimiento Empresarial 2026. Línea I. Aceleración de Proyectos
Los proyectos deberán alcanzar una puntuación mínima de 60 puntos para acceder a la subvención, en base a los criterios que se establecen.
1. La puntuación obtenida por el proyecto determinará el importe máximo de la ayuda:
a) Solicitudes presentadas por personas físicas cuyo proyecto se desarrolle tanto en la fase de diseño como en la de validación:
- Tramo 1 (De 60 a 80 puntos): Para estos proyectos la ayuda será de 4.000 euros.
- Tramo 2 (De 81 a 100 puntos): Para estos proyectos la ayudas será de 6.000 euros.
b) Solicitudes presentadas por Autónomos (empresarios/as individuales) y empresas cuyo proyecto se desarrolle únicamente en la fase de validación:
- Tramo 1 (De 60 a 80 puntos): Para estos proyectos la ayuda será de 2.000 euros.
- Tramo 2 (De 81 a 100 puntos): Para estos proyectos la ayudas será de 3.000 euros.
La duración de los proyectos estará comprendida entre 4 y 6 meses, en función de la participación en una o ambas fases en que se estructura la ayuda. No obstante, es posible la solicitud de una ampliación del plazo de ejecución por un período máximo de tres meses, sin que dicha prórroga pueda superar, en ningún caso, la mitad de la duración prevista para el proyecto.
A lo largo de la ejecución del proyecto se deberá dar forma a las ideas e hipótesis, construir un prototipo o versión inicial centrada en sus funcionalidades básicas para la puesta en marcha en el mercado, mediante metodologías innovadoras.
El resultado final del proyecto deberá concretarse en el desarrollo de un prototipo, piloto o versión de prueba de un nuevo producto/servicio que permita recolectar la máxima cantidad de información del mercado validado sobre clientes al menor coste.
Se podrán presentar proyectos cuyo contenido sea, entre otras, actividades destinadas a:
- Creación de un nuevo producto, servicio y/o un proceso innovador que represente una solución distinta, novedosa, con valor añadido.
- Integración de tecnologías o nuevas aplicaciones de tecnologías existentes.
- Diseño y construcción de pretotipos, prototipos, pilotos y/o versiones de prueba.
Los proyectos se estructurarán en las siguientes fases:
a) Fase de diseño del PMV:
- La finalidad de esta primer fase será la de dar forma a las ideas e hipótesis, construir un prototipo o versión de prueba centrado en sus funcionalidades básicas, mediante metodologías LEAN.
- En esta fase únicamente podrán participar personas físicas, que presenten un proyecto en fase de desarrollo aún no iniciado.
- La presentación de un proyecto por parte de una persona física implica la participación en las dos fases del proyecto, de manera consecutiva en la misma convocatoria.
- Su duración será de 2 meses.
b) Fase de validación y análisis de la viabilidad del PMV:
- Como continuación de la fase anterior, en esta fase se procederá al análisis de la viabilidad y validación de las hipótesis. Se procederá a la medición (demostración a los potenciales clientes y medición de sus reacciones) y aprendizaje (análisis de los datos recabados, y si es necesario pivotar en algún aspecto (características básicas del producto, segmento de mercado objetivo, tecnología empleada, etc.).
- Esta fase, en el caso de las personas físicas que hayan participado en la fase de diseño, será desarrollada a continuación de manera automática, sin que sea necesaria la presentación de una nueva solicitud.
- En todo caso, para participar en esta fase será requisito imprescindible:
- Darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
- Darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos dentro del mes siguiente al de la finalización de la fase de diseño.
- En el caso de Autónomos/as (empresarios/as individuales) y empresas podrán solicitar directamente su participación en esta fase, siempre y cuando se hayan dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en el año 2026 o la primera fecha de alta censal se haya producido en el año 2026, respectivamente. Para los proyectos iniciados entre el 15 de septiembre y el 31 de diciembre de 2025 tienen que haberse dado de alta dentro del período comprendido entre dichas fechas sin haber estado de alta en el mismo régimen al menos en el último año natural antes de dicho período.
- En ambos casos, la duración de esta fase será de 4 meses.
En ambas fases, y como apoyo para su consecución, Gijón Impulsa designará entre la bolsa de mentores el/la más adecuada para la tutorización y apoyo en cada proyecto. Siendo una o varias personas o entidades, las que asumirán la responsabilidad de la tutorización y seguimiento del mismo, a fin de verificar el cumplimiento de las actuaciones previstas, informando positiva o negativamente de la conveniencia de continuar con el desarrollo correspondiente.