La Alcaldía, en uso de las atribuciones que le confiere el ordenamiento jurídico, ha propuesto modificar la denominación de la calle La Argandona, que pasará a denominarse calle de Xosefa Xovellanos “La Argandona”.
En la sesión plenaria de 17 de enero de 2024, el Ayuntamiento pleno acordó, por 25 votos a favor y uno en contra, “instar a la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Gijón/Xixón a comenzar los trámites para añadir al nombre de la calle L’Argandona, el nombre propio de Xosefa Xovellanos”. Como reza la propia exposición de motivos de la iniciativa plenaria (suscrita por el Grupo Municipal Izquierda Unida – Más País – Izquierda Asturiana, cuyo original es en lengua asturiana y cuya traducción fidedigna a los efectos de este expediente ha sido solicitada a la Oficina de Normalización Llingüística), la literatura asturiana tiene la suerte de contar con figuras clave con nombre de mujer. La escritora gijonesa Xosefa Xovellanos, a pesar de tener una calle dedicada a su figura en esta ciudad, todavía a día de hoy lleva el apodo que hacía referencia a su marido, L’Argandona.
En el barrio de Cimavilla, en Gijón, es donde nació Xosefa Xovellanos. En una casa que hoy es la Casa Natal de su hermano, pero que apenas da señales de haber sido también la casa natal de la primera escritora en lengua asturiana, únicamente un retrato medio escondido da testimonio de ello. Xosefa Xovellanos es la primera mujer que escribe en asturiano, de la que conocemos su nombre y su vida y que protagoniza el estreno de la mujer en la literatura asturiana de la mano de la Ilustración. Esta autora gijonesa aún vive a la sombra de la figura de su hermano Gaspar Melchor de Xovellanos, muy influyente en la historia de Asturias y del Estado.
Xosefa de Xovellanos y Xove Ramírez nació en Gijón el 4 de junio de 1745. A lo largo de su vida pasa por distintos momentos viviendo en nuestra ciudad, y después en Madrid, donde participó en las tertulias ilustradas del momento, con figuras como Campomanes. Más tarde, tras quedar viuda de Domingo González d’Argandona, vuelve a Gijón. Vivió también en Oviedo con una hermana y, finalmente, otra vez en su villa natal, donde acabó como monja en Cimavilla. Formada desde niña en cierta igualdad de condiciones con sus hermanos varones, algo nada habitual en la época, era una mujer culta que hizo que la literatura asturiana escrita por mujeres empezara con gran calidad. Fue además una persona dedicada a mejorar las condiciones de vida de las mujeres más pobres. Gracias a Xosé Caveda y Nava, que la incluye en su antología de 1839, el primer libro en asturiano que incluye a una mujer, inaugura la voz femenina en las letras asturianas.
En el año 1998, se dedicó la Selmana de les Lletres Asturianes a su obra y figura, aunque aún queda mucho para dar a conocer toda la importancia de su labor.
El Reglamento Orgánico de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico del Ayuntamiento de Gijón/Xixón (ROF) establece en el capítulo dedicado a la designación de calles y otros espacios públicos, y concretamente en el párrafo g) del primer apartado del artículo 74, que “se dará prevalencia a los nombres de mujeres con el fin de tender a la paridad en el nomenclátor municipal”. Por su parte, la Ordenanza Municipal de Igualdad entre Mujeres y Hombres establece en su artículo 4 como principio general de actuación de la Administración municipal (b) “la consolidación de una estrategia dual en las políticas municipales que legitime el desarrollo de acciones positivas, correctoras de situaciones de discriminación y la consolidación de una acción transversal que garantice la integración del principio de igualdad de trato y de oportunidades en el conjunto de las políticas locales, con el fin de evitar cualquier tipo de desigualdad”, así como (c) “la promoción de un cambio cultural para la construcción de un modelo social igualitario exento de roles y estereotipos de género que contribuyeron a la perpetuación de distintas formas de desigualdad y discriminación sobre las mujeres”, y finalmente (h) “la implantación de un modelo de comunicación que visibilice a las mujeres en el ámbito administrativo y su fomento en la totalidad de las relaciones sociales”.
Los investigadores Dolores Gutiérrez Mora y Daniel Oto Peralías, de la Universidad Pablo de Olavide, estudiaron en 2010 el sesgo de género del callejero español durante los últimos 20 años. El artículo, publicado en la revista Environment and Planning B: Urban Analytics and City Science, reveló que sólo el 12,7% de las calles españolas referidas a personas tiene nombre de mujer. Como consecuencia del estudio, el portal interactivo https://stnameslab.com/ciudades-con-genero ofrece una herramienta en la que se puede observar la evolución de la presencia de las mujeres en el callejero de todo el país a través de los datos del Censo Electoral. Las cifras siguen siendo concluyentes a día de hoy: en Gijón, a fecha 2024, sólo el 19,15 % de las calles nombradas en homenaje a personas se refieren a una mujer. En el conjunto de España, ese porcentaje sólo alcanza el 12;83 %; y en el ámbito de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, la cifra se queda en el 11,73 %.
El hecho de que en Gijón exista una calle dedicada a una mujer que, sin embargo, sólo puede identificarse con un sobrenombre que hace referencia al apellido de su marido es el paradigma de la invisibilización de una mujer que atesora sobrados méritos para el reconocimiento que supone tener una calle dedicada a su figura. El Ayuntamiento, por mandato constitucional y en aplicación de las citadas normas y principios generales que informan la actuación de los poderes públicos, debe adoptar las medidas necesarias para eliminar tal invisibilización. Como mandata el Pleno municipal, la adición del nombre propio de Xosefa Xovellanos a la denominación de la actual calle La Argandona es la vía idónea para tal fin. El hecho de que se mantenga el apelativo “La Argandona”, seguido al citado nombre propio, obedece a la intención de conjugar el interés público de causar los menores perjuicios posibles a las personas y entidades radicadas en la calle, de tal forma que un cambio en la denominación del vial no lo haga de imposible identificación al momento siguiente a dicho cambio. La denominación de la calle como “Calle Xosefa Xovellanos “La Argandona”” resulta por tanto una medida idónea para el fin que se pretende, proporcional en su aplicación y adecuada en su justificación.
En relación precisamente a esto último, el citado ROF establece (art. 76.1) que la modificación de la denominación preexistente de una calle o espacio público “solo procederá por imperativo legal, exigencias urbanísticas, para hacer desaparecer duplicidades, o por otras circunstancias excepcionales que hallen debidamente justificada la propuesta”. En este sentido, se considera que concurren dichas circunstancias excepcionales que, junto a las razones de interés público expuestas en los anteriores antecedentes, justifican la propuesta de modificar la denominación de la calle La Argandona.
Con fecha 23 de octubre de 2024, se dio cuenta en el Consejo de Distrito El Llano de la propuesta de la Alcaldía de proceder a la modificación de la denominación de la calle La Argandona. Igualmente, con fecha 28 de octubre de 2024, se hizo lo propio en la sesión del Consejo de Distrito Centro. Cumplidos todos los restantes requisitos reglamentarios, procede elevar la propuesta a consulta pública previa a su elevación a la Junta de Gobierno Local.
Los artículos 75 y 76 del ROF determinan el procedimiento para la modificación de la denominación de una calle. Este se iniciará de oficio por la Alcaldía y requerirá, al tratarse de la modificación de una denominación preexistente, tanto la inclusión del presente informe en el expediente para motivar el cambio de la denominación, como la consulta pública previa en los términos del artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de procedimiento administrativo común, por un período de quince días hábiles.
El artículo 133 de la citada Ley, exige la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos, estableciendo la necesidad de realizar una consulta pública a través del portal web correspondiente para recabar la opinión de los sujetos y organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la norma acerca de los problemas que se pretenden solucionar, la necesidad y oportunidad de su aprobación, los objetivos que persigue y las posibles soluciones alternativas, regulatorias y no regulatorias. La modificación pretendida afecta al callejero municipal y es, por tanto, de interés de la totalidad de los residentes en Gijón/Xixón.
Por todo ello, la Alcaldía resolvió el 17 de septiembre someter a consulta pública previa la modificación de la denominación de la calle La Argandona, al efecto de pasar a denominarse “Calle de Xosefa Xovellanos, “La Argandona””, por un plazo de quince días hábiles, en concreto desde el jueves 18 de septiembre hasta el miércoles 8 de octubre, ambos inclusive, a través de la Sede Electrónica municipal, con el objeto de recabar la opinión de la ciudadanía sobre dicho cambio de denominación.
A tal efecto, las alegaciones que deseen formular las personas físicas o jurídicas interesadas deberán remitirse, mediante escrito dirigido a la Alcaldía, a través del Registro municipal, así como por el resto de cauces establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.
