El Principado amplía las condiciones de apertura del comercio minorista desde este miércoles

Enviado por jcgea el Mié, 25/11/2020 - 11:07
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Así, a partir de este miércoles, 25 de noviembre, además de los establecimientos cuya apertura ya estaba permitida, podrán reabrir «todos los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales, siempre que tengan una superficie de exposición y venta al público igual o inferior a 300 metros cuadrados, con excepción de aquellos que se encuentren dentro de parques o centros comerciales sin acceso directo e independiente desde el exterior». La Resolución precisa que «no se podrá realizar una reducción temporal de la superficie de exposición y venta al público con la finalidad de proceder a la apertura por parte de los establecimientos o locales que superen la superficie indicada».
También podrán ofrecer sus servicios «las actividades de mercado desarrolladas en la vía pública al aire libre o de venta no sedentaria, comúnmente llamados mercadillos, siempre que se mantenga una distancia entre cada puesto de un mínimo de 1,5 m, espacio en el que no podrá permitirse el acceso al público».
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Los establecimientos minoristas que podrán reabrir este miércolesse suman así a los de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, establecimientos farmacéuticos, centros, establecimientos y servicios sanitarios, servicios sociales y sociosanitarios, parafarmacia, centros o clínicas veterinarias, mercados ganaderos, ópticas y productos ortopédicos, productos higiénicos, servicios profesionales y financieros, prensa, librería y papelería, floristería, combustible, talleres mecánicos, servicios de reparación y material de construcción, ferreterías, estaciones de inspección técnica de vehículos, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos para animales de compañía, comercio por Internet, telefónico o correspondencia, servicios de entrega a domicilio, tintorerías, lavanderías y el ejercicio profesional de la actividad de peluquería y de centros de estética.

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Estas medidas serán objeto de seguimiento y evaluación continua y, en todo caso, en un plazo no superior a quince naturales, con el fin de garantizar su adecuación a la evolución de la situación epidemiológica, pudiendo, prorrogarse, modificarse o dejarse sin efecto, en función de la situación epidemiológica. Los servicios municipales y autonómicos vigilarán el cumplimiento de las medidas y adoptarán, en su caso, las posibles sanciones conforme a la legalidad vigente.
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La Consejería insiste en hacer un llamamiento al conjunto de la ciudadanía para que desarrolle «sus actividades, de cualquier índole, conforme al principio de precaución con objeto de prevenir la generación de riesgos innecesarios para sí mismos o para otros y de evitar la propagación del virus», e insta a los ciudadanos y ciudadanas a colaborar activamente en el cumplimiento de las medidas sanitarias preventivas prorrogadas por la nueva Resolución.
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La Consejería de Salud ha hecho pública en su Resolución del 24 de noviembre la decisión de ampliar las condiciones de apertura al público del comercio minorista en el contexto de las medidas urgentes de carácter extraordinario adoptadas el pasado 3 de noviembre para hacer frente a la crisis sanitaria de la COVID-19.

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