Ayudas para “la hostelería sin terraza y otros sectores afectados por las medidas de contención para la gestión de la crisis sanitaria”

Enviado por emggonzalez el Vie, 28/05/2021 - 14:43
PUBLICADO EN EL BOPA Nº 184 DE 23 DE SEPTIEMBRE DE 2021 LISTADO DEFINITIVO
PUBLICADO CON FECHA 12 DE JULIO DE 2021  LISTADO PROVISIONAL
SE ESTABLECE UN PLAZO DE CINCO DÍAS HÁBILES PARA PRESENTAR ALEGACIONES Y/O SUBSANAR DEFECTOS DEL 13 AL 19 DE JULIO DE 2021 AMBOS INCLUSIVE  RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN PARA SUBSANACIÓN DE ERRORES EN  CATÁLOGO DE SERVICIOS (*)
(*) En el buscador filtrar por "HOST" y acceder al trámite "Subsanación de defectos Ayudas a hostelería sin licencia de
terraza y otros sectores afectados por COVID"

Compensar a las empresas y profesionales del sector hostelero, afectadas por las medidas adoptadas para hacer frente a la crisis sanitaria, contribuyendo a su reactivación y al mantenimiento de su actividad, así como a sectores que han tenido que supender sus actividades desde el inicio de la pandemia o durante la mayor parte del año, habida cuenta que el municipio entró en el nivel de alerta 4 + (nivel de riesgo extremo).

Regular la concesión de las ayudas económicas para:

  • Profesionales de la hostelería que no disponen de licencia para la instalación de terraza en la vía pública.
  • Gimnasios, escuelas deportivas, agencias de viajes y feriantes (atracciones de feria). 
  • Establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades profesionales, siempre que tengan una superficie de exposición y venta al público igual o inferior a 300 metros cuadrados, que se encuentren en centros o parques comerciales de Gijón/Xixón (Los Fresnos y Mercado de San Agustín) y que no tengan puerta de acceso directo e independiente al exterior.
Colectivo
Empresas
Resumen de la ayuda

La cuantía del crédito destinado a estas ayudas asciende a 1.200.000 euros, siendo la ayuda económica a otorgar de 700 euros, que se abonará en un pago único una vez resuelta la convocatoria, por la Junta de Gobierno Local y mediante concesión directa, en función de la fecha de la solicitud completa.

Fecha de Inicio de Solicitud
Fecha de fin de solicitud
Fecha de paso a histórico
Descripción del plazo de solicitud
10 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOPA.
Preguntas Frecuentes
Fecha BOPA
27 de mayo de 2021
Fecha Aprobación Junta Gobierno
18 de mayo de 2021
Requisitos
  • Alta en el IAE a fecha de 14 de marzo de 2020 y a fecha de publicación de las bases reguladoras de las ayudas en el BOPA (27/05/21).
  • Menos de 10 trabajadores/as en plantilla.
  • Volumen de facturación o balance general inferior a 2 millones de euros.
  • Tener el domicilio fiscal y el centro de trabajo en Gijón/Xixón.
     
Destinatarios

Trabajadores/as por cuenta propia o autónomos, comunidades de bienes, sociedades civiles y microempresas, del sector hostelería y demás sectores descritos en el objeto de estas bases, incluidas en los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas (IAE),que se detallan en el Anexo de las mismas y que tengan el centro de trabajo en el municipio de Gijón/Xixón.

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Organismo
Importante

Ayuda directa única de 700 euros por empresa.

Solo se puede presentar una solicitud por empresa.

Las solicitudes se presentarán exclusivamente por medios electrónicos.

No existe formulario en soporte papel.
No habrá requerimiento individual de documentación.
Una vez publicada en la sede electrónica la lista provisional de solicitudes admitidas y excluidas y las ayudas a conceder, se concederá un plazo de cinco días hábiles para presentar alegaciones y/o subsanar la documentación, con indicación de que si así no lo hicieran se les tendrá por desistidos/as de su petición/ decaídos/as en su derecho a la obtención de la ayuda.
Boton Solicitud de Llamada
Activado