Incentivos al Ecosistema de Desarrollo Empresarial del municipio de Gijón/Xixón 2022

Enviado por acabeza el Mié, 27/04/2022 - 14:33

Esta convocatoria de ayudas tiene por objeto regular las condiciones que regirán la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para impulsar y apoyar la realización de actuaciones dirigidas a la promoción de proyectos que se lleven a cabo dentro del ámbito territorial del municipio de Gijón, para la prestación de servicios que supongan un efecto incentivador en la actividad económica del mismo, así como un efecto dinamizador del bienestar social local.

 

Colectivo
Asociaciones/Fundaciones
Resumen de la ayuda

Estas ayudas están dirigidas a promover la realización de proyectos que supongan un incentivo para el Ecosistema de Desarrollo Empresarial del municipio de Gijón, durante el año 2022 y 2023, por parte de corporaciones de Derecho público y entidades sin ánimo de lucro (asociaciones, fundaciones, clúster, centros tecnológicos, etc.) con personalidad jurídica propia.

Fecha de Inicio de Solicitud
Fecha de fin de solicitud
Fecha de paso a histórico
Descripción del plazo de solicitud
El plazo de solicitud será de 15 días naturales a contar desde el siguiente a la publicación de las bases específicas y la convocatoria en el BOPA
Preguntas Frecuentes
Fecha BOPA
El extracto de las bases específicas y la convocatoria de Incentivos para el Ecosistema de Desarrollo Empresarial del municipio de Gijón fue publicado en el BOPA el 2 de junio de 2022
Fecha Aprobación Junta Gobierno
Las bases específicas y la convocatoria de Incentivos para el Ecosistema de Desarrollo Empresarial del municipio de Gijón fueron aprobadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 24 de mayo de 2022.
Requisitos

- Domicilio social y centro de trabajo en Asturias.

- que tengan como objeto social, entre otros, la realización de actividades cuya finalidad sea el fomento del espíritu emprendedor, la promoción y consolidación de empresas, el impulso de la competitividad, la potenciación de la innovación tecnológica y social.

Además, la entidad solicitante deberá de acreditar que tiene representatividad suficiente dentro de su sector y/o público objetivo, debiendo acreditarlo mediante declaración responsable del representante legal que contenga el porcentaje de asociados respecto de la totalidad del sector al que representa, o sobre experiencia en proyectos similares o presentación de cartas de interés por parte de colectivos beneficiarios del proyecto, etc.

Destinatarios

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las corporaciones de Derecho público y las entidades sin ánimo de lucro (asociaciones, fundaciones, clúster, centros tecnológicos, etc.), con personalidad jurídica propia, con domicilio social y centro de trabajo en Asturias, que tengan como objeto social, entre otros, la realización de actividades cuya finalidad sea el fomento del espíritu emprendedor, la promoción y consolidación de empresas, el impulso de la competitividad, la potenciación de la innovación tecnológica y social.

Tramitación

La solicitud y la documentación complementaria se presentará a través de la Oficina Virtual Municipal del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Anexos (Actas, Modelos, Documentos, Resoluciones, ...)
Tipo de Anexo
Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 24 de mayo de 2022
Texto

Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 24 de mayo de 2022 por el que se aprueban las bases específicas y la convocatoria de Incentivos para el Ecosistema de Desarrollo Empresarial del municipio de Gijón

Tipo de Anexo
Acuerdo de concesión de las ayudas por la Junta de Gobierno Local de 20 de septiembre de 2022
Texto

Acuerdo de concesión de las ayudas por la Junta de Gobierno Local de 20 de septiembre de 2022 

Fecha
Cinta Telefónica
Etiquetas
Tasas o Cuantías

Los proyectos deberán alcanzar una puntuación mínima de 60 puntos para acceder a las ayudas, en base a los criterios que se establecen.

La intensidad de las ayudas será de un 85% del presupuesto elegible del proyecto a realizar, debiendo los beneficiarios aportar a través de otras fuentes de financiación el 15% restante.

La ayuda máxima concedida por proyecto será de 12.500,00 €. No se considerarán proyectos con gastos elegibles superiores a 14.705,89 €.

Importante

Las grandes líneas de actuación con las que deben identificarse los proyectos objeto de ayuda, deben tener como finalidad consolidar el ecosistema local de innovación, con el objetivo de dinamizar el avance de la sociedad gijonesa, a todos los niveles y la implantación de nuevas actividades que intensifiquen de forma relevante la actividad del conocimiento en la ciudad, con especial atención a aquellos proyectos y actuaciones en torno a los sectores estratégicos del municipio como son la Milla del Conocimiento, Gijón Creativo, Gijón Sostenible y Gijón Azul, así como a aportar soluciones que contribuyan a dinamizar y aportar soluciones para la industria, construcción, comercio, y turismo, sectores todos ellos muy ligados a "crear" ciudad y a crear y configurar un modelo más sostenible de ciudad.

Requisitos de la convocatoria:

1. Los proyectos deberán desarrollarse en el ámbito territorial del municipio de Gijón:

Se entiende por proyecto desarrollado en el municipio de Gijón, todo aquel cuyas actuaciones son llevadas a cabo dentro del mismo y están orientadas al municipio, y las empresas y entidades beneficiarias y los destinatarios/as finales del proyecto están vinculados al municipio, es decir, que en caso de personas físicas, son residentes en Gijón y en el de personas jurídicas tienen domicilio social y/o centro de trabajo en el mismo, siempre que sea posible dentro de las actuaciones del proyecto.

2. Solamente se podrá presentar un proyecto por entidad.

3. Los proyectos presentados deberán tener un contenido innovador y de especial interés para el impulso de la actividad económica y la promoción empresarial de la ciudad, y encuadrarse en alguna de las líneas de actuación y áreas prioritarias señaladas anteriormente.

4. Los proyectos a presentar deberán cumplir además los siguientes requisitos:

- Ser técnica, económica y financieramente factibles.

- Ser completos, es decir, que, aunque ampliables y mejorables en un futuro, a la finalización de su ejecución los resultados obtenidos puedan ser de inmediata aplicación.

- No constituir una actividad permanente o periódica y no estar relacionados con los gastos de funcionamiento normales de las entidades.

5. No se considerarán proyectos con presupuesto elegible superior a 14.705,89 €. En caso de que los gastos elegibles presentados fueran superiores, se procederá a su prorrateo.

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