Subvenciones para la adquisición de vehículos con distintivo ambiental

Enviado por efalvarez el Mié, 21/09/2022 - 14:32

La convocatoria tiene como objeto regular la concesión de subvenciones a personas físicas, introduciendo criterios de renta, para la sustitución por achatarramiento de vehículos que carezcan de distintivo ambiental por otros que posean alguno de los distintivos de clasificación «0 emisiones», «ECO», «C» o «B».

La finalidad pública de estas ayudas es la mejora medioambiental a través de la sustitución de vehículos contaminantes por otros más respetuosos con el medio ambiente.

Colectivo
Ciudadanía
Fecha de Inicio de Solicitud
Fecha de fin de solicitud
Preguntas Frecuentes
Fecha Aprobación Junta Gobierno
10/01/2023
Requisitos

De la persona solicitante y su unidad de convivencia

La unidad de convivencia de la persona solicitante no podrá superar los siguientes ingresos brutos mensuales referidos al ejercicio 2020, en función del número de miembros de la misma y del IPREM 2022 (indicador público de renta de efectos múltiples) cuya cuantía fue de 8.106,28 euros (14 pagas):

  • Entre 1 y 2 miembros: 1.737,06 euros brutos mensuales (3 veces IPREM anual 2022).
  • Entre 3 y 4 miembros: 2.026,57 euros brutos mensuales (3,5 veces IPREM anual 2022).
  • 5 o más miembros: 2.316,08 euros brutos mensuales (4 veces IPREM anual 2022).

Del vehículo que se adquiere

  • Adquirir el vehículo entre el 1 de enero de 2023 y el 15 de octubre de 2023 en cualquier establecimiento dedicado a la compraventa de vehículos, no siendo subvencionable la compraventa entre particulares ni la operación de intermediación entre particulares a través de un establecimiento de compraventa.
  • Figurar en la documentación del vehículo como titular y domicilio, el de la persona física solicitante de la subvención; y como tipo de vehículo, turismo, autobús o autocar MMA ≤3.500 kg., pick-up, camión MMA ≤3.500 kg, furgón/furgoneta MMA ≤ 3.500 kg, derivado de turismo o vehículo mixto adaptable.
  • Poseer la clasificación ambiental «0 emisiones», «ECO», «C» o «B» conforme al Reglamento General de Vehículos.

Del vehículo que se da de baja

  • Ser un vehículo no susceptible de obtener distintivo ambiental alguno, achatarrado entre el 1 de enero de 2023 y el 15 de octubre de 2023.
  • Figurar en la documentación del vehículo, como titular, la de la persona física solicitante de la subvención, al menos desde un año antes a la solicitud de subvención; como domicilio del vehículo, el de la persona física solicitante de la subvención; como tipo de vehículo, el mismo que cualquiera de los previstos en el apartado anterior.
  • Encontrarse al corriente del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica en el Ayuntamiento de Gijón/Xixón, en caso de vehículos sujetos y no exentos, hasta el momento en que se produzca el achatarramiento. No es necesario que el vehículo achatarrado tenga en vigor la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) en el momento de su baja definitiva.

Ambas operaciones, de adquisición y achatarramiento, pueden realizarse sucesiva o simultáneamente pues no es necesario realizarlas en un determinado orden. Sí es necesario haber realizado las dos operaciones a fecha de finalización del plazo de justificación.

Destinatarios

Personas físicas con mayoría de edad empadronadas en el municipio de Gijón/Xixón con una antigüedad mínima de 1 año anterior a la fecha de solicitud de la subvención, salvo que acrediten documentalmente la circunstancia de ser víctimas de violencia de género, de trata de seres humanos o explotación sexual, emigrantes retornados a Asturias o personas refugiadas o apátridas.

    Anexos (Actas, Modelos, Documentos, Resoluciones, ...)
    Tipo de Anexo
    Formulario de solicitud
    Documento
    Cinta Telefónica
    Etiquetas
    Documentos y Modelos a presentar

    Las solicitudes se presentarán en cualquiera de los registros municipales o por cualquier medio de los previstos en el artículo 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, LPAC.

    Las solicitudes presentadas a través de Internet se realizarán en el Registro electrónico del Ayuntamiento de Gijón adjuntando el formulario que consta más arriba.

     

    Organismo
    Importante

    Las subvenciones constan de un único pago de 1.000 euros y se concederán por orden de presentación a las personas solicitantes que cumplan todos los requisitos hasta agotar el crédito presupuestario de cada ejercicio. El coste del vehículo deberá ser superior al importe de la subvención, de lo contrario no podrá solicitarse. En caso de que se opte por algún sistema de financiación o aplazamiento del precio, tiene que haberse abonado a cuenta una cantidad mínima de 1.000 euros.

    La concesión de la ayuda será incompatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera otras Administraciones diferente a la municipal, entes públicos o privados.

    Boton Solicitud de Llamada
    Activado