El objetivo general del programa es favorecer la integración de las personas desempleadas en el mercado de trabajo local mediante un programa de colaboración que permita reciclar y readaptar las competencias de las personas en desempleo para reorientarlas a los nuevos requerimientos del mercado y promover su contratación, por parte de las empresas, en esas nuevas ocupaciones.
En una primera fase, se procede a la selección de Empresas, Entidades o Asociaciones Empresariales interesadas en participar en el proyecto, que son las encargadas de identificar aquellas ocupaciones que se consideren novedosas, demandadas por las empresas y no cubiertas en el mercado actual, de definir, concretar y organizar la formación precisa y de identificar a aquellas empresas susceptibles de llevar a cabo las posteriores contrataciones una vez las personas hayan sido formadas, para lo cual, presentan un “proyecto”.
Una vez seleccionadas las Empresas, Entidades o Asociaciones Empresariales y por ende, las ocupaciones, se procede a la formalización de un "convenio de colaboración" con cada Empresa, Entidad o Asociación Empresarial seleccionada. En dicho convenio se concretan, entre otras, las obligaciones de las partes, el diseño y concreción del contenido de las acciones formativas y su seguimiento, el proceso de selección de beneficiarios/as, los criterios y requisitos en relación a las contrataciones laborales comprometidas, así como el importe de la subvención a abonar, y las normas relativas a su justificación documental, y los supuestos revocación y reintegro en su caso.
Posteriormente, el Ayuntamiento de Gijón/Xixón, a través de la Agencia Local de Promoción Económica y Empleo, en colaboración con las empresas o entidades propuestas, selecciona a las personas candidatas, en el número y con los perfiles que se determine en las correspondientes "bases reguladoras del proceso de selección" que se elaboren al efecto. Dichas personas recibirán la formación programada para cada ocupación.
Finalmente, las empresas formalizarán las contrataciones laborales de quienes hayan finalizado satisfactoriamente la formación, en un número mínimo variable en función del tamaño de la empresa, salvo en el caso de "Empresas Especiales", donde el número mínimo será de un trabajador o trabajadora con independencia del tamaño de la empresa.
En el caso de Entidades-Asociaciones, procederán a la identificación de las empresas para la contratación laboral de al menos 5 personas por ocupación.
Una vez identificadas las empresas, se procederá a la formalización de un "convenio de colaboración" con el Ayuntamiento de Gijón/Xixón.
Tanto las Empresas como Entidades-Asociaciones deberán realizar un seguimiento permanente de las contrataciones formalizadas.
La selección se dirige:
1. En la Línea 1: Se dirige a las empresas, cualquiera que sea su ubicación, forma jurídica y tamaño, excluyendo a las grandes empresas (en función al centro de trabajo y número de personas trabajadoras en el mismo), e incluyendo a los trabajadores/as autónomos/as, que se encuentren legalmente constituidas y que presenten a esta convocatoria proyectos que posibiliten la contratación de personas en preferentemente en situación de desempleo, empadronadas en el municipio de Gijón/Xixón.
2. En la Línea 2 : Se dirige a las Asociaciones sectoriales de empresarios-empresarias/Agrupaciones de empresas, del ámbito territorial autonómico del Principado de Asturias, entendiendo como tales a las entidades sin ánimo de lucro, que reúnan a una serie de asociados, ya sean personas físicas o jurídicas, de un determinado sector de actividad, organizadas de forma estable, para la defensa de sus intereses comunes y la consecución de los fines establecidos en sus estatutos, que se encuentren legalmente constituidas y que presenten a esta convocatoria proyectos que posibilite la contratación de personas en situación de desempleo, empadronadas en el municipio de Gijón/Xixón.
Se excluyen en ambos casos, las Fundaciones y Patronatos, así como a las Administraciones Públicas, a las sociedades públicas y a las entidades vinculadas o dependientes de cualquiera de ellas.
En cada proyecto, se abonarán los costes de la formación hasta un 100 por 100; los gastos indirectos asociados al proyecto hasta un límite determinado; así como los costes laborales de las contrataciones indefinidas que se formalicen y que podrán alcanzar hasta un 65 por 100 durante 12 meses.